AMPAROS DE SALUD
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Amparos de Salud – la seriedad y la responsabilidad en la realización de nuestras tareas es una nota que nos caracteriza, y de la que pueden dar fe quienes ya cuentan con nuestros servicios profesionales.
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A nivel de lo que se considera Atención Secundaria, el PMO obliga a los Agentes del Seguro de Salud a brindar atención por todas las especialidades reconocidas por la autoridad sanitaria nacional a todos los grupos etarios. Estas especialidades son:
Anatomía Patológica · Anestesiología · Cardiología · Cirugía cardiovascular · Cirugía de cabeza y cuello · Cirugía general · Cirugía infantil · Cirugía plástica reparadora · Cirugía de tórax · Clínica médica · Dermatología · Diagnóstico por imágenes: Radiología, tomografía computada, resonancia magnética y ecografía. · Endocrinología · Infectología · Fisiatría (medicina física y rehabilitación) · Gastroenterología · Geriatría · Ginecología · Hematología · Hemoterapia · Medicina familiar y General · Medicina nuclear: diagnóstico y tratamiento · Nefrología · Neonatología · Neumonología · Neurología · Nutrición · Obstetricia · Oftalmología · Oncología · Ortopedia y traumatología · Otorrinolaringología · Pediatría · Psiquiatría · Reumatología · Terapia intensiva · Urología
AMPAROS DE SALUD
Ley 16.986 Solo contra el Estado Nacional, para otras jurisdicciones, hay leyes locales.
¿Qué son los amparos de salud?
Los amparos de salud son las medidas más eficaces y rápidas para proteger el o los derechos a la salud si se encuentra amenazado por demoras, negación de servicios o incumplimientos por parte de la obra social o prepaga.
¿Cuándo procede los amparos de salud?
Ante la falta de respuesta, cobertura o negativa de la prestación de un cierto servicio, asegurado por ley, por parte de tu prepaga, podes presentar el reclamo correspondiente allí. Si no obtenés respuesta sobre tu caso, tenés que elevar una petición ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
Si habiendo realizado todos estos pasos, aún no recibiste respuesta de ningún tipo, queda abierta la vía de la acción de amparo por salud, que deberá ser presentada con la participación de un abogado especialista.
¿Quién puede interponer los amparos de salud?
Cualquier persona que vea vulnerado su derecho al acceso a la salud puede interponer un amparo, a través de un escrito presentado por un abogado en la materia.
¿Cómo se realiza el trámite de un amparo de salud?
Una vez agotadas las vías administrativas, queda habilitada la vía del amparo. Este se presenta con ayuda de un abogado especializado. La documentación que se necesita es: copia del DNI, carnet de obra social y/o de la prepaga, original de las cartas de reclamación enviadas a la institución, respuestas recibidas por la institución, historia clínica y todas las pruebas que poseas.
Puede que el juez ordene algunos peritajes con respecto a tu salud de forma posterior y luego, ordenará una medida cautelar para que se te proporcionen los servicios, medicamentos o tratamientos que requieras hasta que finalice el juicio.
La obra social o prepaga demandada, tiene derecho a presentar una respuesta o informe.
Finalmente, el juez dictará la sentencia en la que si falla a tu favor, se te otorgará todo lo necesario para cuidar tu salud.
¿Cuánto dura el trámite?
Puede durar de 4 a 12 meses aproximadamente. Igualmente, siempre se dicta una medida cautelar que te protege para que no tengas que esperar tanto para poder comenzar con tu tratamiento.
Modelo de Amparo de Salud
SI, desde este link podrá descargar un
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MODELO DE AMPARO DE SALUD CONTRA OBRA SOCIAL
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